Editorial del diario The New York Times publicado el 13 de junio de 2014
La capacidad que tienen los teléfonos móviles (celulares) para seguir los movimientos de las personas y proporcionar un cuadro vívido de sus vidas privadas plantea una amenaza considerable y creciente a la intimidad (privacidad). Por eso es tan importante una decisión judicial de un tribunal federal de apelaciones, dada el miércoles, en la que restringe el acceso del gobierno a los datos sobre ubicación almacenados por las compañías de teléfonos celulares.
En una causa que envuelve a un hombre culpado de varios robos en el Sur de la Florida, el Tribunal Federal de Apelaciones del Onceno Circuito dijo que las agencias del orden público pueden obtener registros de ubicación de las compañías de teléfonos celulares solamente si primero obtienen de un juez una orden de motivo fundado.
La Fiscalía Federal de Miami había basado la causa contra el hombre en los registros obtenidos de la compañía de su teléfono celular, los cuales mostraban dónde había usado su teléfono durante 67 días. Los registros lo colocaban en el sitio de los robos. Los fiscales tuvieron acceso a los datos después de haber obtenido una orden de un juez federal adjunto (magistrate judge) a quien le demostraron que la información era “pertinente y esencial” para su investigación, lo cual resulta más fácil que demostrar que un motivo fundado.
El tribunal de apelaciones no revocó la sentencia condenatoria porque dijo que el gobierno (el ministerio público) había actuado de buena fe, obteniendo primero una orden judicial. Sin embargo, de modo significativo, también dictaminó que “la información de la ubicación del sitio de la celda cae dentro de la expectativa razonable de intimidad del suscriptor” según la Cuarta Enmienda, la cual protege a las personas “contra registros y confiscaciones ilícitas”. Esta resolución se basó en parte en un fallo de la Suprema Corte del año 2012 que manifestó que colocar un dispositivo en el auto de un sospechoso para seguirle la pista constituía un registro de acuerdo con la Cuarta Enmienda.
La decisión se aparta de previos fallos de apelación que se alinearon de parte del gobierno y ordenaron que las compañías telefónicas proporcionaran información sobre la ubicación, de acuerdo con la Ley de Comunicaciones Almacenadas, sin tener una orden judicial. Muchos peritos legales creen que la Suprema Corte finalmente tendrá que intervenir y resolver los desacuerdos.