En un editorial del periódico The New York Times de principios de este año, el periódico endorsó una opinión de la Corte Suprema que confirma lo que muchos deportados e individuos sujetos a la deportación siempre han sabido: que la ley de deportación es arbitraria e injusta, para no mencionar desgarradora.
Enero 2 de 2012
Una opinión penetrante escrita por la Jueza Elena Kagan de parte de una Corte Suprema unánime reforzó el mes pasado un mensaje que otros tribunales menores han enviado por muchos años: que la ley aplicada en casos de inmigración muy frecuentemente no cumple los estándares de la justicia.
En el caso Judulang v. Holder, el fracaso fue total: una decisión sobre la deportación que no tuvo ningún sentido. Tal como la Jueza Kagan deliberadamente escribió, “Debemos reversar una política de una agencia cuando no podemos discernir una razón para que esta [exista].” Este razonamiento, desafortunadamente, aplica a muchos de los procesos enredados y absurdos en los tribunales de inmigración.
El caso se trata de la política que la Junta de Apelaciones de Inmigración usa al decidir cuando un extranjero residente que ha sido recibido una orden judicial de ser deportado puede solicitar que el Procurador General revoque dicha orden. Joel Judulang, un nativo de las Filipinas, ha sido un residente permanente de los Estados Unidos desde 1974, cuando él tenía 8 años de edad. A los 14, él se declaró culpable y recibió libertad condicional por homicidio involuntario después de estar involucrado en una altercado en el cual otra persona disparó y mató a otra persona. En 2005, después de que él se declaró culpable de hurto, el gobierno comenzó procedimientos de deportación con base en la convicción de homicidio, y un juez de inmigración ordenó que él fuera deportado.
Al determinar si el Sr. Judulang podía solicitar una exención a la deportación, la junta se reclinó en una ley derogada, la cual abordaba con la exclusión de extranjeros de ser admitidos a este país. Si la base para la deportación de un extranjero es “esencialmente equivalente” a la base para la exclusión de alguien, la junta dijo, el deportado puede aplicar para una exención. Pero este dictaminó que el Sr. Judulang no podría, porque la base de su deportación no era comparable a la base que aplica a la exclusión.
La Jueza Kagan apropiadamente señaló que este análisis era esencialmente arbitrario. La junta hizo “una comparación irrelevante entre las provisiones estatutarias” que no tenía nada que ver con la aptitud del Sr. Judulang de permanecer en los Estados Unidos. Por el contrario, este convirtió una decisión sobre la deportación a un “deporte de azar,” como el “lanzar una moneda – cara si un extranjero puede solicitar remedio, sello si él no puede.”
El dictamen de la junta en este caso fue irracional, pero por lo menos esta expidió una opinión por escrito. Frecuentemente, la junta aprueba decisiones de deportación sin ninguna opinión o explicación, haciendo casi imposible apelarlas en los tribunales federales. El proceso de decisiones de la junta refleja la disfunción del sistema de tribunales de inmigración sobrecargados de trabajo, el cual necesita una revisión completa.
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