Una Movida Genial: Zapp Otorga y GanaDavid Zapp, un abogado penalista de la ciudad de Nueva York especializado en narcotráfico y lavado de dinero, fue contratado para sacar adelante “un caso perdido”. Se trataba de un caso de lavado de dinero una de cuyas pruebas habían sido establecida poco después de entrar en vigencia la enmienda del primero de noviembre de 2001, una dura enmienda que duplicó las penas por lavado de dinero. Al revisar el caso, Zapp se dio cuenta de que el documento de acusación establecía que los hechos se habían llevado a cabo hacia octubre de 2001, antes de que la enmienda entrara en vigencia.. La Fiscalía opinaba que tal fecha no tenía importancia ya que una de sus pruebas había sido establecida después del primero de noviembre, cuando ya la enmienda había entrado en vigencia. Zapp estudió la guía sobre las pautas de sentencia y pensó que la Fiscalía estaba equivocada. Más aun, los casos que la Fiscalía citaba no sustentaban su opinión. Zapp concluyó que no tenía sentido discutir el asunto en ese momento, puesto que el gobierno se habría puesto a la defensiva y habría refinado la acusación, es decir, habría reformulado los cargos alegando que los hechos se habían llevado a cabo después de que la nueva enmienda entrara en vigencia. Al guardar silencio sobre el asunto, Zapp conservaba una ventaja sobre la Fiscalía. Con el objeto de mantener esa ventaja, Zapp indicó que su cliente se declararía culpable y pidió la última versión de la acusación para asegurarse de que la Fiscalía no la hubiera modificado. Al recibirla, Zapp intentó negociar un trato más favorable para su cliente a sabiendas de que no lo conseguiría. “Los de la Fiscalía nunca te ofrecen nada que valga la pena”. Indicar que su cliente se declararía culpable sin que se hubiese establecido un acuerdo entre las partes, le permitía a Zapp no tener que aceptar nada al final. “Todo era discutible en el juicio: el papel en el delito, la cantidad, los atenuantes y, lo más importante, la pauta de sentencia. No había ningún acuerdo. Si alguien se declara culpable y existe un acuerdo entre las partes, entonces ellas deben regirse por las pautas de sentencia acordadas. Y si uno muestra desacuerdo en algo, por ejemplo, en las pautas de sentencia, la Fiscalía puede darse cuenta del plan que uno tiene y reformular los cargos”. Así pues, Zapp declaró que su cliente era culpable de los cargos que se le hacían y la Fiscalía, como es su costumbre, comunicó a la corte la base en que, según ellos, se fundaba la sentencia y las pautas para su aplicación, el papel que el acusado había tenido en el delito, la cantidad de dinero que ellos calculaban había lavado y otros hechos culposos. El acusado no tenía nada que hacer escepto permanecer en silencio. “ Lo que pasa es que lo que ellos dicen suena muy fuerte, y a uno le toca quedarse ahí y aceptarlo. Pero luego el juez le indica al acusado que esto es sólo lo que piensa la Fiscalía y que él, como juez, no tiene necesariamente que aceptarlo. “De modo que nos declaramos culpables de lavado de dinero pero solamente hasta octubre de 2001 inclusive, y me aseguré de que mi cliente no dijera ni una palabra sobre cualquier hecho que hubiese tenido lugar después de esa fecha. Aparantemente yo estaba muy tranquilo, pero en realidad estaba muy atento a cada palabra que se dijera. No iba a permitir que se dijera nada sobre hechos posteriores a esa fecha, y nada se dijo. Algo que nos ayudó al respecto fue una discusión imprevista que los distrajo del tema. Se trataba de si el acusado sabía o no que el dinero provenía del narcotrafico, un tema, indica Zapp, en el que uno lleva siempre las de perder. “A fin de cuentas, ¿de dónde más va a salir un millón de dólares en efectivo?” Fuera de esto, nada más se dijo sobre hechos probatorios. La Fiscalía estimó que el acusado debería ser condenado a un mínimo de 135 meses de cárcel, es decir, más de once años de cárcel por comprar y vender dólares, una actividad aceptada legalmente en Colombia y gracias a la cual cientos y quizás miles de personas se ganan la vida. Mientras la Fiscalía presentaba los cargos, Zapp permanecía en silencio. Ni siquiera se mostraba en desacuerdo. Simplemente guardaba la compostura. “Yo sabía que tenía razón, y aun si no ganaba el caso, estaba seguro de que podría ganar la apelación. Era, en una palabra, un buen caso tanto desde el punto de vista legal como desde el punto de vista político. “Cuando hablo del punto político, me refiero a que a la corte de apelaciones no le gusta revocar una decisión judicial cuando ésta puede afectar a muchos acusados como en el caso Apprendi. En este caso en particular, la revocación de la decisión sólo afectaría a un acusado pues las circunstancias eran ya de por sí bastante inusuales. Además de que mi cliente inspiraba compasión, mi argumento se apoyaba en la guía para las pautas de sentencia. La oficina penal estaría de acuerdo conmigo. “Y como siempre que puedo evitar una confrontación con el Gobierno, en vez de presentar mi argumento ante el juez, preferí dirigirme al jefe de la unidad de narcóticos en la oficina de la Fiscalía.. Aqui me tocó un supervisor muy inteligente y con la experiencia suficiente para entender que esta era una batalla que podía perder y, más aun, que no debía pelear. “Mi cliente no era el peor criminal del mundo, aunque debo decir que eso no fue lo que inclinó la balanza a mi favor. A la oficina de la Fiscalía no le interesa saber qué tan simpático es un acusado. Si tienen las pruebas para condenarlo, lo harán. Aquí no tiene ninguna importancia decidir si se trata de algo justo o injusto.. Lo que me permitió hacer un pacto ventajoso fue simplemente la conjunción de la ley y la política. “Y el supervisor me hizo una oferta que no pude rechazar: Si yo no intentaba rebajar la sentencia a menos de los 57 meses previstos por la vieja pauta de sentencias,, su oficina pactaría conmigo. De esa forma, ninguna de las dos partes concedíamos nada. Yo sabía que nunca conseguiría una concesión así del juez, y el fiscal sabía que si no pactaba conmigo podía perder el caso y establecer un mal precedente. “Y fue así como logramos lo que buscábamos. En vez de ser condenado a once años y tres meses (135 meses) de cárcel, el acusado recibió sólo cuatro años y nueve meses (57 meses), y como ya había estado encarcelado por dos años aquí y en Colombia mientras esperaba la extradición, saldría de la cárcel para regresar a su país y reunirse con su esposa y sus hijos en menos de dos años y no en diez”. El tribunal, dicho sea en su honor, quiso asegurarse con absoluta certeza de que el acusado recibiera todo el crédito por el tiempo que había cumplido en Colombia mientras esperaba la extradición, y así lo expresó en la disposición de sentencia. Zapp solicitó las minutas del procedimiento para que su cliente las tuviera a mano en caso de que necesitara mostrarle a las autoridades lo que el juez habia recomendado. ¡Y todo porque un abogado guardó silencio en el momento oportuno!
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